Novedad fiscal 2026

¿Puedes dejar
de pagar IVA?

El IVA franquiciado es un nuevo régimen por el que los autónomos pueden dejar de pagar IVA — y de hacer el modelo 303 cada trimestre. Descubre en 1 minuto si es tu caso.

85.000 € límite de facturación
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Pregunta 1 de 4

¿Cómo gestionas el IVA ahora mismo?

Si lo lleva tu gestoría, pregúntale: "¿Estoy en estimación directa o en módulos?"

¿Qué es el IVA franquiciado?

El IVA franquiciado es un régimen voluntario de IVA para autónomos españoles por el que, si facturas menos de 85.000 € al año sin IVA, puedes dejar de cobrar IVA a tus clientes y de presentar el modelo 303 cada trimestre. Fue aprobado por el Congreso de los Diputados el mediante una Proposición No de Ley. Todavía no está en vigor: el Gobierno tiene que redactar y publicar la ley definitiva en el BOE.

No siempre conviene acogerse. Al entrar en el régimen franquiciado, dejas de cobrar IVA a tus clientes pero también pierdes el derecho a deducirte el IVA que pagas en tus propias compras — gasoil, materiales, herramientas, recambios. El beneficio real depende de a quién facturas y de cuánto gastas.

  • Quién puede acogerse: autónomos en estimación directa con facturación anual inferior a 85.000 € sin IVA
  • Quién no puede: autónomos en módulos (necesitarían cambiar de régimen primero)
  • Es voluntario: aunque cumplas los requisitos, puedes quedarte en el régimen general
  • Ventaja principal: no presentas el modelo 303 ni pagas IVA trimestral a Hacienda
  • Contrapartida: tampoco recuperas el IVA de tus gastos y compras profesionales
  • Estado legal (abril 2026): aprobado en el Congreso, pendiente de publicación en el BOE — aún no está en vigor
Autónomo revisando sus facturas para entender el IVA franquiciado
85.000 € Límite de facturación anual para acogerse
21% El IVA que dejarías de cobrar y declarar
0 € A Hacienda por IVA cada trimestre
Pendiente Entrada en vigor — esperando publicación en el BOE

Lo que necesitas saber

El IVA franquiciado en 6 puntos clave

Todo lo esencial antes de decidir si te conviene acogerte al nuevo régimen.

📋

¿Qué es exactamente?

Un régimen voluntario: dejas de cobrar IVA a tus clientes y de presentar el modelo 303 cada trimestre. Aprobado en el Congreso el 26-mar-2026, aún pendiente del BOE.

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El truco: no deduces el IVA

Si te acoges, tampoco recuperas el IVA que pagas en tus compras — gasoil, materiales, herramientas. Por eso no siempre conviene.

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Importa a quién facturas

Si cobras a particulares, ahorras el IVA que ellos pagaban. Si cobras a empresas, ellas dejan de deducirlo — y pueden pedirte bajar el precio.

📊

Solo para estimación directa

Si estás en módulos no puedes acogerte sin cambiar antes de régimen. Consulta con tu gestoría cuál es tu caso.

⚠️

Límite: 85.000 €/año

Si superas esa facturación en cualquier momento del año, sales del régimen automáticamente y vuelves al sistema general.

Es 100% voluntario

Aunque cumplas los requisitos, puedes seguir en el régimen general. Solo conviene acogerse si el cálculo te sale positivo.

¿A quién beneficia más?

Perfiles habituales entre autónomos

El resultado depende de tus clientes, tus gastos y tu facturación.

✗ Mecánico con taller

Si tienes muchos repuestos y materiales, el IVA que recuperas en compras puede ser alto. No siempre compensa renunciar a deducirlo.

✓ Peluquería · estética

Clientes 100 % particulares y gastos con IVA bajos. Casi siempre sale a cuenta acogerse al régimen.

✗ Instalador para empresas

Si facturas principalmente a empresas, ojo: perderían su deducción de IVA y podrían pedirte bajar el precio.

✓ Fontanero · electricista

Si la mayoría de tus clientes son hogares, el régimen franquiciado suele convenirte. Compruébalo con tus cifras.

Avísame cuando entre en vigor

¿Quieres saber el día exacto que entra en vigor?

Te avisamos cuando el Gobierno publique la ley definitiva en el BOE, con lo que tendrás que hacer en tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre el IVA franquiciado

Las preguntas que más nos hacen los autónomos.

¿Qué es el IVA franquiciado?

Es un régimen voluntario que permite a los autónomos que facturen menos de 85.000 € al año dejar de cobrar IVA a sus clientes y de presentar el modelo 303 cada trimestre. Fue aprobado en el Congreso el pero todavía no está en vigor — el Gobierno tiene que desarrollar y aprobar la ley definitiva.

¿Cuándo entra en vigor el IVA franquiciado en España?

A fecha de hoy todavía no tiene fecha oficial de entrada en vigor. El Congreso aprobó una Proposición No de Ley el , pero eso no tiene fuerza legal inmediata. El Gobierno debe redactar la ley, aprobarla y publicarla en el BOE. Mientras tanto, sigues obligado a cobrar y declarar el IVA trimestralmente.

¿Quién puede acogerse al IVA franquiciado?

Autónomos en estimación directa que facturen menos de 85.000 € al año (sin IVA). Los autónomos en módulos no pueden acogerse sin cambiar antes de régimen.

¿Es obligatorio acogerse al IVA franquiciado?

No. Es completamente voluntario. Puedes seguir en el régimen general aunque cumplas los requisitos.

¿Qué pasa si me acojo y luego supero los 85.000 €?

Saldrías del régimen automáticamente y tendrías que volver al sistema general de IVA. Por eso es importante tener en cuenta tu margen de crecimiento antes de acogerte.

Si me acojo, ¿puedo seguir deduciéndome el IVA de mis compras?

No. Esa es la contrapartida del régimen: no cobras IVA a tus clientes pero tampoco puedes recuperar el IVA que pagas en tus compras y gastos de trabajo. Por eso no siempre conviene.

¿El IVA franquiciado es lo mismo que estar exento de IVA?

En la práctica el resultado es similar — no cobras IVA ni lo declaras — pero es un régimen diferente con sus propias reglas. La exención de IVA aplica a actividades concretas (sanidad, educación, etc.) mientras que el franquiciado aplica por volumen de facturación.

¿Necesito avisar a mis clientes si me acojo?

Sí. Tus facturas dejarán de llevar IVA y eso puede generar preguntas, especialmente si facturas a empresas. Es recomendable informar a tus clientes habituales con antelación.

¿Tengo que seguir haciendo el modelo 303 si me acojo al IVA franquiciado?

No. Dejar de presentar el modelo 303 cada trimestre es precisamente una de las principales ventajas del régimen. Al no cobrar IVA ni soportarlo deduciblemente, no hay liquidación que presentar.

¿Qué pasa si supero los 85.000 € a mitad de año?

Si durante un año natural superas los 85.000 € de facturación (sin IVA), deberías salir del régimen franquiciado y volver al sistema general de IVA a partir del siguiente período.

¿Afecta el IVA franquiciado al IRPF o a mis pagos fraccionados?

No. El IVA franquiciado solo afecta al IVA — ni a tu IRPF ni a tus pagos fraccionados trimestrales (modelo 130). Sigues tributando exactamente igual por tus ingresos.

¿Puedo volver al régimen general de IVA si me arrepiento?

Sí, aunque hay plazos y condiciones que determina la normativa. No es tan inmediato como entrar — normalmente tendrías que esperar al ejercicio siguiente.

¿Qué diferencia hay entre el IVA franquiciado y el recargo de equivalencia?

Son regímenes completamente distintos. El recargo de equivalencia lo aplican comerciantes minoristas. El IVA franquiciado aplica a autónomos que facturen menos de 85.000 €/año, independientemente del sector, y les exime de cobrar y liquidar el IVA.

¿Cómo calcula este simulador?

El simulador parte de tres datos: tu facturación anual sin IVA, tus gastos mensuales con IVA y el tipo de cliente al que facturas. Calcula el IVA neto actual: diferencia entre el IVA que cobras (21 % de tu facturación) y el que pagas en tus compras (21 % de tus gastos anuales). IVA repercutido = facturación × 21 % · IVA soportado = gastos/mes × 12 × 21 % · IVA neto = repercutido − soportado.