¿Qué es el IVA franquiciado?
El IVA franquiciado es un régimen voluntario de IVA para autónomos españoles por el que, si facturas menos de 85.000 € al año sin IVA, puedes dejar de cobrar IVA a tus clientes y de presentar el modelo 303 cada trimestre. Fue aprobado por el Congreso de los Diputados el mediante una Proposición No de Ley. Todavía no está en vigor: el Gobierno tiene que redactar y publicar la ley definitiva en el BOE.
No siempre conviene acogerse. Al entrar en el régimen franquiciado, dejas de cobrar IVA a tus clientes pero también pierdes el derecho a deducirte el IVA que pagas en tus propias compras — gasoil, materiales, herramientas, recambios. El beneficio real depende de a quién facturas y de cuánto gastas.
- Quién puede acogerse: autónomos en estimación directa con facturación anual inferior a 85.000 € sin IVA
- Quién no puede: autónomos en módulos (necesitarían cambiar de régimen primero)
- Es voluntario: aunque cumplas los requisitos, puedes quedarte en el régimen general
- Ventaja principal: no presentas el modelo 303 ni pagas IVA trimestral a Hacienda
- Contrapartida: tampoco recuperas el IVA de tus gastos y compras profesionales
- Estado legal (abril 2026): aprobado en el Congreso, pendiente de publicación en el BOE — aún no está en vigor