El IVA franquiciado es un régimen especial que permite a los autónomos con menos de 85.000 euros de facturación al año dejar de cobrar IVA a sus clientes y dejar de pagarlo a Hacienda. Fue aprobado en el Congreso el 26 de marzo de 2026, aunque todavía está pendiente de entrar en vigor.
Última actualización: 13 de mayo de 2026 · Fuente: Congreso de los Diputados, aprobación 26 mar 2026¿Qué es exactamente el IVA franquiciado?
El IVA franquiciado es una exención: si te acoge, dejas de ser el intermediario entre tus clientes y Hacienda. Ahora mismo, cuando cobras una factura de 1.000 euros, en realidad estás cobrando 1.210 euros —los 1.000 que son tuyos más 210 euros de IVA que le pertenecen a Hacienda—. Con el régimen franquiciado, esos 210 euros desaparecen del sistema: cobras solo los 1.000 euros y no tienes que devolverle nada a Hacienda.
A cambio, tampoco puedes deducirte el IVA de tus gastos. El IVA que pagas cuando compras materiales, herramientas o gastas en gasolina lo absorbes tú como coste. Por eso la pregunta clave no es «¿puedo acogerme?» sino «¿me conviene?».
¿Cómo funciona en la práctica?
Si eres electricista y cobras 800 euros por una instalación, hoy tu factura tiene esta pinta:
| Concepto | Hoy (régimen general) | Con IVA franquiciado |
|---|---|---|
| Precio del servicio | 800,00 € | 800,00 € |
| IVA (21%) | 168,00 € | 0,00 € |
| Total que cobras | 968,00 € | 800,00 € |
| Lo que pagas a Hacienda (IVA neto) | Variable* | 0,00 € |
* El IVA neto es la diferencia entre el IVA que has cobrado a clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus compras (IVA soportado).
Tu cliente paga menos. Tú no presentas el 303. Y si trabajas sobre todo para particulares —que no se deducen el IVA—, el impacto es casi neutro para ellos y muy positivo para ti.
¿A quién le conviene y a quién no?
Esta es la pregunta más importante. El IVA franquiciado no es bueno o malo en abstracto: depende de tu situación concreta.
Te conviene si:
- Tus clientes son particulares (no se deducen el IVA, así que no les perjudica pagar menos).
- Tus gastos con IVA son bajos en comparación con lo que facturas.
- Tu facturación anual está cómoda por debajo de 85.000 euros.
- Odias el papeleo del 303 y quieres simplificar tu gestión fiscal.
No te conviene si:
- Tus clientes son empresas o profesionales que sí se deducen el IVA. Para ellos, que ya no pongas IVA en la factura no supone un ahorro —y pueden verlo con recelo.
- Tienes muchos gastos con IVA: materiales, vehículo, combustible, ropa de trabajo. Al no poder deducirte ese IVA, te cuesta más dinero.
- Estás cerca del límite de 85.000 euros y un buen trimestre podría sacarte del régimen.
¿Cuál es el límite de facturación?
El límite es de 85.000 euros de facturación anual sin IVA. Si durante el año superas esa cifra, pierdes el régimen franquiciado y vuelves al sistema general de IVA.
Entre 70.000 y 85.000 euros hay una zona de aviso: técnicamente sigues dentro, pero conviene que lleves un control mensual de tu facturación para no llevarte una sorpresa.
¿Qué pasa con el modelo 303?
Si te acoges al IVA franquiciado, dejas de presentar el modelo 303. Ese trámite trimestral de liquidar el IVA desaparece de tu lista de obligaciones. También desaparece el modelo 390 (resumen anual de IVA).
Lo que sigue igual: el modelo 130 (pagos a cuenta del IRPF en estimación directa) y la declaración de la renta anual.
¿Cuándo entra en vigor el IVA franquiciado?
La norma fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2026. Sin embargo, todavía no está en vigor: el Gobierno tiene que redactar la ley definitiva y publicarla en el BOE. Hasta que eso ocurra, todos los autónomos siguen con el sistema de IVA actual. No hay fecha oficial publicada.
Errores comunes al interpretar el IVA franquiciado
- «Siempre es mejor»: Falso. Si tienes muchos gastos con IVA deducible, puede salirte más caro.
- «Puedo entrar y salir cuando quiera»: No. La adhesión al régimen tiene condiciones y plazos que definirá la norma definitiva.
- «Mis clientes empresa no notarán nada»: Sí notarán. Perderán la posibilidad de deducirse el IVA de tus facturas, lo que puede encarecer tu servicio para ellos.
- «Ya está en vigor»: No. La ley aún no está publicada en el BOE.
¿Te conviene a ti el IVA franquiciado?
Calcula tu caso en 1 minuto →
Preguntas frecuentes
¿Qué es el IVA franquiciado?
El IVA franquiciado es un régimen especial aprobado en España en marzo de 2026 que permite a autónomos con menos de 85.000 euros de facturación anual quedar exentos de cobrar y pagar IVA. En la práctica, emites tus facturas sin IVA y no tienes que presentar el modelo 303 cada trimestre.
¿Cuál es el límite de facturación para el IVA franquiciado?
El límite es de 85.000 euros de facturación anual sin IVA. Si durante el año superas esa cifra, pierdes el acceso al régimen y vuelves al sistema general de IVA. Entre 70.000 y 85.000 euros es una zona de aviso: todavía puedes estar en el franquiciado, pero conviene vigilar de cerca tu facturación.
¿El IVA franquiciado ya está en vigor?
La norma fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2026, pero todavía no está en vigor porque el Gobierno tiene que redactar y publicar la ley definitiva en el BOE. Hasta que eso ocurra, todos los autónomos siguen con el sistema de IVA actual.
¿Quién puede acogerse al IVA franquiciado?
Cualquier autónomo en estimación directa que facture menos de 85.000 euros al año sin IVA puede acogerse al régimen franquiciado. Los autónomos en módulos tienen su propio régimen y no se ven afectados.
¿Tengo que hacer algo ahora para prepararme?
De momento no tienes que hacer nada. El régimen no está en vigor todavía. Lo que sí puedes hacer es calcular si te convendría acogerte cuando entre en vigor: usa el simulador de IVA franquiciado para ver cuánto ganarías o perderías según tu facturación, gastos y tipo de cliente.